Proyecto de Ley 2714-D-05 presentado por
el Diputado Norberto La Porta y el Bloque
Socialista , con moción de tratamiento
preferencial.
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°. Declárase
de Utilidad Pública y sujeto a Expropiación,
en un todo de acuerdo con la Ley 238 Títulos
I y II ( B.O.C.A. N° 798 de fecha 15/10/99),
al predio conocido como "Estación
Vail", ubicado en la manzana limitada
por las calles: Carlos Calvo, Loria, Estados
unidos y Liniers , en el barrio de Boedo,
con la denominación catastral siguiente:
Circ. 8,Secc. 30, Manz. 28, Parc. 1 y la
numeración así detallada:
Carlos Calvo 3305/07/11/15/25/31/47 y Estados
Unidos 3302/08/40/56/60/80. La superficie
total del predio es de 10.626, 87m2 (diez
mil seis veintiseis con ochenta y siete
metros cuadrados).
Artículo 2°. El mencionado predio
deberá ser destinado a espacio verde
de uso público, con acceso libre
y gratuito.
Artículo 3°. Desaféctase
de la zonificación R2b1 al predio
mencionado en el Artículo 1°y
aféctase a la Zonificación
U.P.(Urbanización Parque) ,para dar
cumplimiento a lo establecido en el Artículo
2°.
Artículo 4°. La determinación
del monto de los bienes sujetos a Expropiación,
se hará de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 10° de la Ley
238.
Artículo 6°. Los gastos que demande
el cumplimiento de la presente ley, serán
imputados a la partida presupuestaria correspondiente
al presupuesto general de gastos y cálculos
de los recursos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, del ejercicio 2006.
Artículo 7°. Comuníquese,
etc. y cúmplase con lo establecido
en los Artículos 89° y 90°
de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Adjuntamos Fotocopia de Nomenclatura Catastral.
Proyecto de Ley presentado
por el Diputado Guillermo Smith y otros.
(A.R.I.)
PROYECTO DE LEY.
Artículo 1°.- Declárase
de utilidad pública y sujeto a expropiación,
el inmueble identificado en el Registro
Nacional de la Propiedad Inmueble con Nomenclatura
Catastral: Circ.8 -Sec.30 -Manz.28 -Parc.l,
ubicado en calle Carlos Calvo Nros.3305/07/11/15/25/31/47;
calle Estados Unidos Nros.3302/08/40/56/60/80
y calle Sánchez de Loria sin numeración,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
con una superficie de 10.626,87 metros cuadrados.¬
Artículo 2°.-El inmueble descripto
en el Artículo 1 °, será
afectado a la Secretaría de Infraestructura
y Planeamiento de la Jefatura de Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para que por su Dirección General
de Desarrollo Urbano, instrumente las medidas
necesarias a fin de destinarlo a espacios
verdes y para albergar instituciones de
carácter social, cultural o gubernamental.
Artículo 3°.- La determinación
de precios y valores del referido inmueble,
se determinará de acuerdo a la tasación
que efectúe el Banco de la Ciudad
de Buenos Aires.¬
Artículo 4°.- Los gastos que
demande el cumplimiento de la presente Ley
serán imputados a las partidas presupuestarias
correspondientes.
Artículo 5°.-
Comuníquese,ete.
Guillermo Smith Teresa de
Anchorena Fernando Cantero
Liliana B.Parada Alejandro Rabinovich Enrique
Olivera
Facundo Di Filippo Fernando Melillo
DESIGNACION DE LA PLAZA CON EL NOMBRE
DE “ PLAZA MARIANO BOEDO”
FUNDAMENTOS
Artículo 1º.- Denomínese
“Plaza Dr. Mariano Boedo” al
predio conocido como
Estación Vail y que fuera declarado
de utilidad pública y sujeto a expropiación
por Ley
Nº 2.266 que lo afecta a Distrito de
Zonificación UP (Urbanización
Parque) y lo
destina a espacio verde de uso público.-
Artículo 2º.- Cúmplase
con la Ley Nº 83 y los artículos
81, inciso 7); 89, inciso 3) y 90
de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.-
Artículo 3º.- Comuníquese,
etc.-
Señora Presidenta:
La Legislatura de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires sancionó la
Ley Nº 2.266 mediante la cual declaró
de utilidad pública y sujeto a expropiación
el
predio denominado como Estación Vail,
situado en el Barrio de Boedo y ubicado
entre
las calles Carlos Calvo, Estados Unidos
y Sánchez de Loria.-
En dicha norma se lo incorpora a Distrito
de Zonificación UP
(Urbanización Parque) con el fin
de adecuar su destino legal para servir
como espacio
verde de uso público en el que se
implementará una plaza.-
En tal sentido y cumpliendo con la letra
y el espíritu de la citada ley
como así también en lo dispuesto
por la Ley Nº 83, inciso 1) que establece
las
designaciones “ para espacios públicos”,
como es en este caso, ya se puede adelantar
con los diligenciamientos pertinentes, mediante
la designación de un nombre que
represente la voluntad de los vecinos que
habitan en el citado barrio y que seguramente
por lo que representa esta denominación
se expedirán afirmativamente en la
correspondiente Audiencia Pública.-
Sin embargo en carácter de anticipo
diferentes entidades
coordinadas por la Junta de Estudios Históricos
del Barrio de Boedo ya han adelantado
por escrito dicha intención haciendo
llegar a esta Legislatura la denominación
de la
futura plaza con el nombre deL Dr. Mariano
Boedo destacado patriota y prócer
de la
independencia nacional.-
Por otra parte el cumplimiento de lo normado
por la Constitución de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
en los artículos 81, inciso 7); 89,
inciso 3) y 90 en
nada interfieren para que se vaya cumplimentando
esta instancia de reconocimiento y
designación.-
Por todo lo expuesto solicito la aprobación
Fdo. Guillermo Smith
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